Hablemos de los mecanismos de expropiación.
Sabemos que la
propiedad privada es defendida en el mundo occidental como una de las
libertades fundamentales de los
Sistemas Democráticos.
En algunos contextos, sin embargo, el derecho de un
Estado a expropiar cobra sentido pues se busca un beneficio mayor,
colectivo. Por ejemplo cuando se nacionalizan los recursos naturales o grandes extensiones de tierra en favor de su utilización en un proyecto nacional.
La famosa, inconclusa y frecuentemente inútil,
Reforma Agraria de los países latinoamericanos es un ejemplo de expropiación controlada y planificada. Inútil e inconclusa justamente porque el uso corrupto de la justicia, dejó espacios para que los poderes económicos privados se aprovecharan nuevamente de los beneficios que se buscaron para las mayorías. Ello la volvió famosa y nos hartó como tema.
Otro ejemplo, mas reciente, es la expropiación de
hatos en
Venezuela con la misma idea básica: Entregar en comodato el uso de una tierra a campesinos, para su explotación controlada, bajo un
proyecto de desarrollo nacional.
Sabiendo que un
hato es simplemente una
gran hacienda o finca, algunos podrían dudar, en este punto, sobre
lo controlado o
lo nacional que sería
el proyecto. No quiero ahondar en
ese asunto. Mi preocupación,
ahora, es de
escala.
¿Cuán grande es una
GRAN hacienda?
El caso mas sonado es el del
Hato Piñero, en el Estado Cojedes. El pasado 14 de marzo, el
Instituto Nacional de Tierras declaró, luego de una inspección a supuestos "papeles de
propiedad", que el Hato Piñero es
"de origen baldío de la nación, puesto que su tradición legal no demuestra documentos debidamente verificados que determinen propiedad privada”. En consecuencia, las
80 mil 212 hectáreas de su extensión pasarán a manos del
Estado.
¡80212 hectáreas! Eso si es grande.
¿Cuán grande?
Bueno,
80212 hectáreas equivalen a
802,12 Km. cuadrados o sea
13,6 veces el área de
Manhattan - en donde viven
1,5 millones de personas - o
1,24 veces el área de la isla de
Singapur -
República asiática en la que viven 4,5 millones de personas -
¿De qué estamos hablando entonces? ¿En nombre de quién o de qué puede decirse que
expropiar un pedazo de país no es recuperar Soberanía y que, hacerlo,
no es necesario o justo?
La otra cara de la moneda de la expropiación la vemos en el corazón mismo del
Nuevo Imperio Romano - con todo y su
Nerón Republicano -, cuando analizamos
la noticia, publicada hoy en
El Nuevo Herald, según la cual en
"una cerrada votación de 5-4, el Tribunal Supremo de Estados Unidos decidió que las agencias de los gobiernos locales tienen el derecho constitucional de expropiar terrenos e inmuebles de interés público, incluso transferirlos a otro propietario privado".
"La decisión de la máxima corte de la nación es el resultado de un fallo del Tribunal Supremo de Connecticut que aprobó la expropiación de terrenos privados para construir un centro comercial y una fábrica de la firma Pfeizer, contra la opinión de los dueños actuales.""Según la legislación vigente, las alcaldías sólo necesitan tener en cuenta 2 de 14 criterios al momento de decidir una expropiación, los cuales pueden incluir servicio de agua y alcantarillado, deterioro visible del inmueble, violaciones del código urbanístico y pobre diseño de calles y vías de acceso."Y ahora, ¿de qué estamos hablando? ¿En nombre de cuáles
libertades un
Estado puede
expropiar en favor de los
intereses privados de una
compañía o
corporación?
¿Son éstas,
las mismas libertades que defiende cualquier
Sistema Democrático? ¿Desde cuando las
compañías y
corporaciones tienen los mismos
derechos de los
pueblos?
Este es uno de esos
momentos en que es necesario,
reflexionar.